"La política es el arte de inventar un recurso a cada nuevo recurso de los contrarios, de convertir los reveses en fortuna; de adecuarse al momento presente, sin que la adecuación cueste el sacrificio, o la merma importante del ideal que se persigue..." José Martí

domingo, 10 de abril de 2011

Métodos de investigación cualitativa. Relación entre método investigación acción-participante y proyecto de LEU 2010

Si partimos de un diagnóstico autocrítico de la realidad de la participación de los ciudadanos, parece evidente que las instituciones locales y los movimientos sociales disponen a día de hoy de un escaso margen de maniobra para transformar el mundo. Ante esto, es necesario reflexionar sobre medios viables de participación y la necesidad de programas y políticas públicas que la refuercen y promuevan.

En esta línea, el método investigación-acción-participante consiste, según Murcia, en, diversos esfuerzos por desarrollar enfoques investigativos que impliquen la participación de las personas que hayan de ser beneficiarias de la investigación y de aquellos con quienes ha de hacerse el diseño, la recolección y la interpretación de la información. Este método goza de dos vertientes, una que tiene por fin el mantenimiento de las estructuras sociales dadas o el status quo (investigación-acción-reproductora), y otra encaminada hacia la transformación radical de éstas.

En el marco de esta última, parece estar inmerso el Proyecto de Ley de Educación Universitaria (LEU), aprobado por la ya extinta Asamblea Nacional. Esta ley tenía por objeto derogar la Ley de Universidades promulgada en septiembre de 1970, y por tanto, hacer una transformación radical del sistema de educación universitaria, ante el recurrente reclamo de sectores afectos al gobierno, de que la revolución no termina de calar pues no se ha modificado el sistema educativo nacional. En este contexto, el gobierno nacional hace esta propuesta de LEU.

En el art. 6 de esta ley se establece que los procesos fundamentales de educación universitaria se alcanzan mediante; la formación integral, la creación intelectual y la interacción con las comunidades. Sosteniendo además que estos son procesos dinámicos, interrelacionados y construidos desde un concepto de totalidad. De igual manera, en el Art. 47 (en algunas art. 51) se dice que “La interacción con las comunidades refiere a la relación dialéctica de la universidad con las clases y sectores sociales… en la orientación de construir y consolidar con el pueblo y junto al pueblo, el poder popular”. El fin de la ley se expresa claramente en la definición de la educación universitaria, específicamente en el Art. 3, nº 4, como, “Una estrategia organizada para explorar, estimular y desarrollar el pensamiento transformador, mediante la aplicación de diversas formas de creación, recreación y transferencia de conocimientos en el marco del diálogo de saberes, valores, actitudes, habilidades, destrezas, normas, reglas, hábitos, creencias, prácticas morales, tradiciones, formas de conducta, de interpretar, investigar, ver y actuar; orientado hacia la construcción del bien colectivo”. Este ideal, marcará el sentido de toda la ley.

Así las cosas, según este método y la LEU, se afirma que el objeto del proceso investigativo, así como el objeto del proceso educativo, deberá ser la liberación de las potencialidades creadoras de los individuos y la movilización de recursos humanos para la solución de los problemas sociales, ya que consideran que nadie conoce mejor sus realidades que los mismos que las experimentan. De este modo, la LEU buscaba crear un perfil de profesional vinculado a las realidades y problemas sociales, mediante la interacción constante con las comunidades, bajo relaciones horizontales de poder, es decir, mediante el método investigación-acción-participante, transformador.

Aunque, si nadie conoce mejor sus realidades que el que las experimenta, ¿cómo dejar sin participación a las comunidades universitarias para el debate de la ley? Irónico

Verónica I. Medina A.

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